
En Inmobiliaria Pérez Villena emitimos el Certificado de Eficiencia Energética en Granada, redactado por un técnico competente. Este certificado proporciona información objetiva sobre las características energéticas de su inmueble y es obligatorio para su comercialización.
El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril (BOE 13 de abril de 2013) aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética, o una copia del mismo, deberá mostrarse al comprador o arrendatario potencial y entregarse al comprador o arrendatario según lo establecido en el procedimiento.
La etiqueta energética debe incluirse en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble.
El régimen sancionador está regulado por la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que contempla las consecuencias por el incumplimiento de estas obligaciones.
Infracciones Graves
Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o arrendador entregue el certificado de eficiencia energética, válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario.
Sanción: de 601 € a 1.000 €.
Infracciones Leves
Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades que requieran certificado de eficiencia energética sin indicar su calificación energética.
Sanción: de 300 € a 600 €.
Responsables:
Serán sujetos responsables de estas infracciones las personas físicas o jurídicas que las cometan, incluso por simple inobservancia.